La salud es lo primero: Muchos conservadores asalariados se preguntan actualmente si su trabajo podría realizarse también desde casa. La Asociación Alemana de Conservadores (VDR) ofrece información útil sobre la decisión actual del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales (BMAS): En principio, los empleadores están obligados a ofrecer el trabajo a domicilio hasta el 15 de marzo de 2021.
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Ministerio del Interior e impuestos
La crisis del coronavirus plantea enormes retos al mercado laboral, pero la salud es lo primero. El 21 de enero, el Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales (BMAS) adoptó medidas adicionales y temporales de salud y seguridad en el trabajo para ayudar a proteger la salud de los empleados durante la pandemia de coronavirus: En principio, los empleadores están obligados a ofrecer el servicio a domicilio hasta el 15 de marzo de 2021. Los empleados deben aceptar la oferta si pueden. A los restauradores asalariados se les aplica el mismo derecho que a los empleados del sector público o de empresas, según ha publicado recientemente la Asociación de Restauradores (VDR) en su página web.
La oficina en casa para todos aquellos que también pueden cumplir sus tareas en casa es un elemento básico, porque quien trabaja desde casa también protege a sus colegas en la empresa.
Sin embargo, el trabajo en la empresa también debe ser seguro para quienes no pueden trabajar desde casa. Esto incluye trabajos en las áreas de producción, servicios, comercio o logística, así como servicios de ventanilla como contactos con clientes o empleados, distribución de materiales, tareas de reparación y mantenimiento, servicios de conserjería y servicios de emergencia para mantener las operaciones en marcha. No obstante, los restauradores podrían realizar tareas como preparar documentación o crear conceptos de restauración en casa, como sugiere la Dra. Christiane Schillig, Directora Gerente de la Asociación de Restauradores (VDR).
Nota: Ambas partes, empresario y trabajador, deben estar de acuerdo en la transferencia de las actividades profesionales al domicilio. Además, ambas partes deben conocer los requisitos de la legislación laboral y aplicarlos en la oficina de origen. Es aconsejable llegar a acuerdos por escrito para trabajar desde casa que sean lo más precisos posible. También hay que asegurarse de que en el despacho en casa se respetan las normas sobre tiempo de trabajo, salud y seguridad en el trabajo y protección de datos.
Los empresarios pueden, por ejemplo, ofrecer trabajo de confianza sin registro detallado, de modo que los empleados puedan organizar ellos mismos sus horas de trabajo, en el marco de la normativa sobre tiempo de trabajo definida legalmente.
En 2021 se producirán algunos cambios fiscales relacionados con el coronavirus para las personas que trabajen desde casa: por lo general, quienes trabajan desde casa tienen costes más elevados. Incluso aquellos que no tienen una oficina en casa tienen derecho a deducir de sus impuestos el trabajo desde casa. Por este motivo, el legislador ha establecido una desgravación por trabajar desde casa que puede deducirse en la declaración de la renta. Asciende a un máximo de 600 euros – cinco euros al día por un máximo de 120 días laborables al año. El requisito previo es que el empresario haya pedido al empleado que trabaje desde casa. Los gastos relacionados con los ingresos por trabajar desde casa no se conceden además de la asignación a tanto alzado para gastos relacionados con los ingresos, que es de 1.000 euros.
Otra novedad es que ya no es necesario comprobar en qué medida puede reconocerse el trabajo a domicilio. Sin embargo, quien utilice el complemento por trabajo a domicilio ya no percibirá la compensación por desplazamiento. Es más fácil que en años anteriores deducir un despacho en casa en la declaración de la renta de 2020: Los únicos requisitos son disponer de una habitación independiente y acreditar que la empresa ha encargado oficinas en casa.
Además: el plazo para presentar la declaración de la renta de 2020 se ha ampliado del 31 de mayo al 31 de julio de 2021.
La actual Ordenanza de Salud y Seguridad Ocupacional SARS-CoV-2 del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales se puede encontrar aquí.
