03.03.2025

Arquitectura

¿Cómo se calcula el precio de los servicios adicionales, las modificaciones de contrato y los aumentos de cantidad?

Antiguo profesor de Derecho de la construcción en Múnich. Foto: particular

Antiguo profesor de Derecho de la construcción en Múnich. Foto: particular

Nueva jurisprudencia: Si durante la ejecución del contrato se producen modificaciones de prestaciones o aumentos de cantidades y las partes contratantes han celebrado un contrato VOB, antes se aplicaba el siguiente principio: „El buen precio sigue siendo buen precio, el mal precio sigue siendo mal precio“. En lenguaje llano: Incluso para una modificación del contrato ordenada o para aumentos de cantidad en artículos individuales, el cálculo del precio de estos servicios debe basarse en los principios de fijación de precios de la oferta principal. Si éstos son buenos, el precio suplementario también lo sigue siendo. Si los precios iniciales son malos, el contratista puede tener que pagar más. Este principio ha sido „anulado“ por la jurisprudencia.

Antiguo profesor de Derecho de la construcción en Múnich. Foto: particular
El abogado Dr. Olaf Hofmann, profesor jubilado de Derecho de la construcción en Múnich. Foto: particular

El BGH tuvo que resolver el siguiente asunto:

En un contrato de precio unitario VOB para la construcción de obras de fachada, había cantidades adicionales muy superiores al diez por ciento para la partida „aislamiento de fachada“. En su factura final, el contratista también facturó el precio unitario acordado contractualmente por las cantidades adicionales, lo cual le pareció „muy bien“, y al hacerlo se remitió al artículo 2 (3) nº 2 VOB/B, según el cual el precio unitario contractual también es determinante para la cantidad adicional. Este precio de partida contractual sólo cambia si se puede identificar algún ahorro o si el contratista puede demostrar costes adicionales (por ejemplo, precios de compra más altos para el material, costes de mano de obra más elevados). Como no se han producido ni ahorros ni costes adicionales, se aplica el precio contractual.

¿Tiene razón el contratista?

La decisión En su sentencia de 21 de noviembre de 2019, Baurechts- Informe 2020, página 1, el BGH declaró lo siguiente:
1. la pretensión a la formación de un nuevo precio solo requiere que la cantidad ejecutada supere en más de un 10 % la estimación cuantitativa especificada en el contrato y que una de las partes exija el acuerdo de un nuevo precio.

2. si las partes contratantes no pueden ponerse de acuerdo sobre el nuevo precio, el nuevo precio por la cantidad excedente se calculará „en función de los costes reales incurridos más los recargos razonables“.

Notas para la práctica

1) El principio VOB „el buen precio sigue siendo buen precio, el mal precio sigue siendo mal precio“ ya no es válido.
2) Por supuesto, este principio no sólo se aplica si el contratista tiene un „buen“ precio unitario, pero ha calculado mal el precio del contrato en su perjuicio, por ejemplo. Ahora puede exigir un precio razonable por la cantidad adicional, es decir, calcularlo en función de los „costes realmente necesarios“.
3 Entretanto, existen otras sentencias según las cuales las bases de determinación del precio del contrato anterior ya no son decisivas para el cálculo del precio de las prestaciones adicionales y las modificaciones del contrato. En su lugar, el nuevo precio se basa también en los „costes realmente necesarios“ (véase OLG Brandenburg de 22 de abril de 2020, Baurechts-Report 2020, página 22).

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